DISCRIMINACIÓN SELECTIVA

DISCRIMINACIÓN SELECTIVA

Hace días circuló por los medios que el diputado de Cambiemos, Waldo Wolff, pretendía (¿pretende?) establecer la prohibición de cuestionar, analizar o confrontar los principios religiosos cuando estos afecten a los judíos.

Según parece y dicen los medios, ya que no lo escuché a Víctor Hugo Morales diciendo lo que dicen que dijo y que muy bien pudo haber dicho respecto de ¿cuánto creen en Dios los que creen en Dios?, señalando la contradicción existente con relación a la muerte de Nisman, ya que, por principios religiosos, si se suicidó no podría estar enterrado donde están los muertos “normales”.

Hubo una época en el mundo cristiano en la que si uno moría de repente, tipo muerte súbita, se consideraba que era un castigo divino y no se le daba cristiana sepultura.

Se llegaba al extremo de que si uno moría jugando a algo, a la pelota por ejemplo, no se le cantaban los salmos en el oficio porque se había muerto divirtiéndose.

Para evitar ofender a los judíos, señalemos que en el cristianismo a los suicidas no les correspondía, no solo entierro en campo santo, sino que ni siquiera oraciones o misas.

Incluso había cementerios sin puertas para los suicidas, ya que se los tiraba por encima del muro.

 En el mundo judío, los ritos que normalmente se realizan para honrar la memoria de una persona fallecida se omiten en el caso de un suicida. No se guarda el luto correspondiente ni se respeta ningún período de duelo porque ese cuerpo ya no es considerado "santo". Así mismo, el cuerpo es enterrado en una sección especial del cementerio.

La ley judía establece dos categorías de suicidas:

     1. Los que se encuentran en plena posesión de sus facultades mentales y físicas cuando cometen el acto.

     2. Aquellos que actúan por impulso o bajo una severa presión mental o dolor físico. Estos individuos se consideran como anussim, esto es, personas que actúan bajo compulsión y que como tales no son responsables de sus acciones.

Joseh Caro en su Shulián Aruj dictaminó que a la mayoría de los suicidas se les debe considerar anussim y deben recibir el mismo trato que quien muere en forma natural. Por ello si un hombre aparece estrangulado o colgado debe considerarse, en la medida de lo posible como un asesinato y no como un suicidio.

Es absurdo pretender denunciar ante el INADI por "expresiones judeofóbicas" a cualquiera que disienta, cuestione o se pregunte formal o retóricamente lo que fuere con relación a la religión judía. O la que sea.

La libertad de culto es eso, la libertad de profesar el culto que a cada uno se le cante. Incluso, la de no profesar ninguna y la de cuestionar a todas.

Es absurdo pretender la intervención de la INADI por un cuestionamiento intelectual mientras se le permite al IMPRESENTABLE  de Baby Etchecopar tratar a su prójimo de “negro de mierda” como si nada.

¡Eso sí es discriminar!